Existe el Colegio de Abogados del Perú?
Un misterio nacido en las noticiasCon la reciente difusión del audio que demuestra las especiales intenciones de Hugo Salas Ortiz en el ejercicio de su cargo en el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial apareció en los medios un nuevo organismo gremial que, casi de contrabando, ocupo relevancia.
El diario El Comercio lo presenta así:
Una severa sanción para el abogado Hugo Salas Ortiz, en caso se determine una inconducta profesional, es lo que ha anunciado el decano del Colegio de Abogados del Perú (CAP), Walter Gutiérrez.
“Pueden estar seguros de que Colegio de Abogados del Perú le exige a sus representantes los estándares profesionales y éticos más elevados y en ese sentido le puedo anunciar que se va iniciar inmediatamente una investigación y de ser el caso se va a sancionar con la mayor severidad las inconductas que pudieran haberse cometido”
Lo cierto es que el Colegio de Abogados del Perú no existe en su condición de gremio profesional. Los Colegio Profesionales se crean por ley como podrá saberlo el lector con la lectura del artículo 20 de la Constitución y del artículo 76 del Código Civil peruano.
Y en tanto que no existe formalmente, poco podría hacer para investigar o sancionar. Ni a Salas Ortíz ni a cualquier otro abogado. Lo cierto es que, además, Walter Gutierrez fue parte de la Junta que eligió a Hugo Salas Ortiz para el cargo que ahora es materia de controversia.
Walter Gutierrez fue decano del Colegio de Abogados de Lima. Uno de los menos lúcidos decanos del CAL, pues terminó siendo soporte para proyectos del Poder Ejecutivo, como la penosa Comisión de Investigación sobre Bagua o el enredado proyecto del Código de Consumo.
Y lo que Gutierrez Camacho llama “Colegio de Abogados del Perú” es finalmente una imagen basada en el inconsulto cambio de estatutos de otra institución, esta sí legal y legítima: la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, creada y basada en el DL 25892.
Así, en medio de una noticia interesante, a veces aparecen otras curiosidades relevantes. Sobre todo porque la legislación peruana reconoce varias funciones y otorga específicas atribuciones a los Colegios Profesionales: que de pronto aparezca uno nuevo es cosa de preocupación
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Comentarios a este artículo
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apuntesperuanos dijo:
24-02-2010 11:32Existe el Colegio de Abogados del Perú? http://bit.ly/abugkd
This comment was originally posted on Twitter
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Ronald dijo:
15-03-2010 11:23Esta bien, pero, tengo entendido que el Colegio de Abogados del Peru justamente nace de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados que tiene su base legal en la norma citada, ahora, si existio alguna irregularidad en la modificacion de estutos, es algo que tiene que probarse y hacer el respectivo reclamo administrativo o la impugnacion judicial.
Nota: Escribo sin tildes para facilitar la trasmision.
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